La Modalidad 40 retroactiva ya no existe
Durante años se pudo pagar hacia atras para cubrir períodos sin cotizar. Ese mecanismo se eliminó: desde el 22 de octubre de 2026 la inscripción solo surte efecto desde la fecha de la solicitud.
La retroactividad era una de las razones por las que la Modalidad 40 resultaba tan atractiva: permitia darse de alta con una fecha anterior y pagar las cuotas de ese período atrasado, sumando de golpe semanas y salario que en su momento no se cotizaron. Ese mecanismo ya no está disponible.
Qué dice el acuerdo
El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026 y en vigor desde el día siguiente, establece que las nuevas inscripciones surten efecto exclusivamente desde la fecha en que se presenta la solicitud y no tienen efectos por períodos anteriores. No hay excepción prevista en el texto.
Por qué se eliminó
El propio IMSS enmarcó las medidas en la necesidad de fortalecer el registro y dar claridad sobre los períodos realmente cubiertos. En la discusión pública se menciono la existencia de esquemas para obtener pensiones superiores a las que correspondian. El acuerdo no califica conductas ni menciona montos: se limita a ordenar medidas administrativas temporales y un análisis financiero en seis meses.
Si te la siguen ofreciendo
Desconfia de cualquier intermediario que ofrezca inscribirte con fecha anterior o con un salario por encima del nuevo tope. Con las reglas vigentes ninguna de las dos cosas es posible. El alta se tramita por medios digitales y la fecha que queda registrada es la de tu solicitud.
Qué si puedes hacer
Completar semanas hacia adelante: cada mes pagado aporta unas 4.29 semanas con meses de 30 días. También puedes cotizar antes en la modalidad 10 para reactivar la vigencia de derechos y después pasar a la 40, que sigue siendo una ruta valida.
Si ya pagaste con retroactividad
El acuerdo reconoce las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados de quienes ya estaban inscritos, y quienes ya cotizaban conservan sus condiciones hasta el final del período contratado. Si tu inscripción es anterior al 22 de octubre de 2026, revisa tu reporte de semanas para confirmar que los pagos aparecen aplicados.
Datos y supuestos utilizados
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Acuerdo | ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG | Consejo Técnico del IMSS |
| Publicación | DOF, 21 de octubre de 2026 | |
| Entrada en vigor | 22 de octubre de 2026 | |
| Efecto de las nuevas inscripciones | Desde la fecha de solicitud | sin efecto por períodos anteriores |
| Inscripciones anteriores | Se respetan | hasta el final del período contratado |
| Alternativa vigente | Completar semanas hacia adelante | unas 4.29 semanas por mes de 30 días |
Preguntas frecuentes
Todavia puedo inscribirme con fecha retroactiva
No. Desde el 22 de octubre de 2026 la inscripción surte efecto unicamente desde la fecha de la solicitud.
Qué pasa con la retroactividad que ya pagué
Las semanas y salarios efectivamente cotizados y pagados conservan su efecto para el cálculo de la pensión.
Puedo pagar semanas de años anteriores de otra forma
No hay un mecanismo previsto en el acuerdo para cubrir períodos pasados. La via disponible es cotizar hacia adelante.
Sirve la modalidad 10 para recuperar la vigencia
Si: cotizar 52 semanas en la modalidad 10 o en un empleo formal es la ruta habitual para reactivar derechos y después pasar a la 40.
Última actualización: 30 de octubre de 2026. ¿Encuentras un error? Escríbenos y lo corregimos.