Nuevas reglas de la Modalidad 40 desde octubre de 2026
El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG cambió el salario que puedes registrar, eliminó la inscripción retroactiva y dejo el trámite solo en medios digitales. Aquí ves como te afecta según tu caso.
Detalle del cálculo
El 21 de octubre de 2026 se público en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del Consejo Técnico del IMSS, y entro en vigor al día siguiente habil: el 22 de octubre de 2026. No elimina la Modalidad 40, pero si cambia de manera importante quien puede entrar y con que salario.
Lo que cambió, punto por punto
1. El salario que puedes registrar. Antes podias elegir cualquier salario hasta el tope legal de 25 UMA. Ahora una nueva inscripción solo acepta el último salario base de cotización que tenias al salir del régimen obligatorio, o ese monto más una UMA, y nunca por debajo del salario mínimo general. Para quien ganaba 800 pesos diarios, el techo pasó de 2,932.75 a 917.31 pesos diarios: una diferencia enorme.
2. Se acabo la retroactividad. La inscripción surte efecto exclusivamente desde la fecha de la solicitud. Ya no se puede pagar hacia atras para cubrir períodos anteriores.
3. Trámite digital. El IMSS debe ajustar sus sistemas para que el alta se haga solo por medios electronicos, con un canal de atención para casos especiales.
4. Modalidad 10 y 40 ya no conviven. Quién está inscrito como trabajador independiente (artículo 13, fracción I de la Ley del Seguro Social) no puede contratar al mismo tiempo la Continuación Voluntaria.
Si ya estabas inscrito
Las medidas son temporales. Quién ya cotizaba en la Modalidad 40 conserva sus condiciones hasta que termine el período contratado, y las semanas y salarios efectivamente pagados siguen contando para su pensión. Cuando ese período termine y quieras continuar, la nueva inscripción se rige por las reglas nuevas. El acuerdo también ordena un análisis financiero en un plazo de seis meses y una propuesta de ajuste regulatorio en los seis meses siguientes.
Cómo comprobar tu salario real
El dato que necesitas está en tu reporte de semanas cotizadas, que se descarga en el portal de servicios digitales del IMSS con tu CURP y un correo. Si un intermediario te ofrece darte de alta con un salario por encima del nuevo tope o con efecto retroactivo, eso ya no es posible.
Datos y supuestos utilizados
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Acuerdo | ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG | Consejo Técnico del IMSS, sesión del 10 de octubre de 2026 |
| Publicación | Diario Oficial de la Federación, 21-oct-2026 | |
| Entrada en vigor | 22 de octubre de 2026 | día habil siguiente |
| Tope anterior | 25 UMA = $2,932.75 diarios | vigente hasta el 21-oct-2026 |
| Tope nuevo para nuevas inscripciones | Último SBC + 1 UMA | sin bajar del salario mínimo general |
| Una UMA diaria 2026 | $117.31 | INEGI |
| Inscripción retroactiva | Eliminada | solo surte desde la fecha de solicitud |
| Vigencia de las medidas | Temporales | análisis financiero en 6 meses + propuesta en 6 meses más |
Preguntas frecuentes
La Modalidad 40 desaparecio
No. El acuerdo establece medidas temporales mientras el IMSS analiza el impacto financiero del esquema. Quién ya está inscrito conserva sus condiciones hasta el final del período contratado.
Puedo inscribirme con el tope de 25 UMA
Solo si ya estabas inscrito antes del 22 de octubre de 2026. Una inscripción nueva se limita a tu último salario registrado o ese monto más una UMA.
Puedo pagar semanas de años anteriores
No. Desde el 22 de octubre de 2026 la inscripción surte efecto unicamente desde la fecha de la solicitud.
Puedo tener Modalidad 10 y Modalidad 40 al mismo tiempo
No. El acuerdo lo prohibe expresamente para quien cotiza como trabajador independiente bajo el artículo 13, fracción I.
Qué pasa con las semanas que ya pagué
Se conservan. Las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados siguen teniendo efecto completo para el cálculo de tu pensión.
Última actualización: 30 de octubre de 2026. ¿Encuentras un error? Escríbenos y lo corregimos.